domingo, septiembre 13, 2026

Niños trans, infantes sometidos

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¿Dónde está su cabeza? Solo protestan diputados de Morena y Hagamos en Jalisco; no vemos manifestaciones de niños anhelando ser trans

Por: Semanario Arquidiocesano de Guadalajara

La discusión sobre las llamadas infancias trans y la propuesta de permitir el cambio de identidad de género en actas de nacimiento de menores de edad llegó al Congreso de Jalisco con una fuerte carga ideológica.

La decisión de no aprobar esta ley representa un acto de responsabilidad legislativa, de respeto a la integridad de niños, niñas y adolescentes, y de protección a su interés superior, valores que no comparten Morena y Hagamos. ¿Dónde está su cabeza? Solo diputados de estos dos partidos protestan. No vemos manifestaciones de niños anhelando ser trans.

Convertirse en trans no es simplemente un trámite administrativo, sino reconocer legalmente que un menor de edad, cuya personalidad, criterio y desarrollo cerebral aún están en formación, puede tomar una decisión irreversible sobre su identidad jurídica con consecuencias médicas, psicológicas y sociales.

En el ámbito psicológico, la infancia y la adolescencia son etapas por naturaleza de confusión, búsqueda, experimentación y cambio. La psicología del desarrollo ha documentado ampliamente la disforia de género transitoria en la infancia: la gran mayoría de los menores que experimentan inconformidad con su sexo biológico durante la niñez la superan de forma natural al llegar a la adolescencia tardía sin necesidad de intervención alguna.

Si el Estado avala legalmente esa confusión pasajera, la convierte en una identidad definitiva. Al no ceder ante esta ley, se protege el derecho del menor a madurar, a explorar sin etiquetas permanentes, a no ser medicalizado prematuramente.

Son tratamientos experimentales y con efectos irreversibles. Países que fueron pioneros en este modelo, como Suecia, Finlandia e Inglaterra, ya han dado marcha atrás y han restringido severamente estos tratamientos en menores por falta de evidencia de beneficio y por exceso de daño.

En el ámbito jurídico y de protección a la integridad, se evita un despojo de garantías. Un niño no puede votar, no puede comprar alcohol, no puede firmar un contrato, no puede consentir una relación sexual, precisamente porque el legislador entiende que no tiene la madurez para comprender las consecuencias a largo plazo. Resulta contradictorio que para todo eso sea considerado inmaduro, pero para cambiar su identidad legal, con todo lo que ello implica, sí sea considerado plenamente capaz.

En el ámbito familiar y social, la ley de infancias trans suele contemplar que el menor pueda hacer el trámite incluso en contra de la voluntad de sus padres.

Eso fractura la patria potestad, despoja a la familia de su papel natural de guía y orientación, y pone al Estado como facilitador de una decisión que debería tomarse en el seno familiar con acompañamiento psicológico serio, no en una ventanilla del Registro Civil.

La no aprobación de la ley de infancias trans en Jalisco no es discriminación, es protección que no cede a modas incoherentes e ideológicas.

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